El Bono Barreras Arquitectónicas le permite beneficiarse de una deducción fiscal equivalente al 75% del coste incurrido por la construcción de sistemas de elevación o intervenciones destinadas a superar y eliminar las barreras arquitectónicas. En el siguiente artículo vemos todos los tipos de trabajo que son aceptables para incentivos.
Ya oficialmente Hasta el 31 de diciembre de 2025el Barreras arquitectónicas adicionales Es de facil acceso Descuento Irpef igual al 75% Gastos incurridos para construir ascensores o montacargas que reduzcan o eliminen cualquier barrera arquitectónica.
Veamos en detalle cuáles Carreras Permitir el acceso al bono.
Bono Barreras Arquitectónicas: Obras Permitidas
el Barreras arquitectónicas adicionales Relacionado con intervenciones dirigidas a la superación yEliminación de barreras arquitectónicas. Este último, de hecho, incluso podrá divertirse. 31 de diciembre de 2025 de nosotros 75% de deducción de impuestos.
Son obras que se pueden realizar tanto en áreas comunes como en unidades inmobiliarias individuales y se refieren a diferentes categorías de obras tales como:
- reemplazar acabados (pisos, puertas, accesorios exteriores, etc.);
- renovación o adecuación de sistemas tecnológicos (aseos, instalaciones eléctricas, etc.);
- renovación de escaleras y ascensores,
- Inserción de rampas dentro y fuera de edificios, salvaescaleras o plataformas elevadoras.
con el Circular Nro. 17 de 26 junio 2023Además, la Agencia Tributaria ha precisado
También se pueden considerar las intervenciones realizadas en unidades inmobiliarias individuales, aunque no sean funcionalmente independientes (por ejemplo, intervenciones en un apartamento ubicado en un condominio) dentro del límite ya establecido de 50.000 € para unidades unifamiliares.
cantidades
Retención del 75%, dividido entre los que cumplan con los requisitos Cinco cuotas anuales igualesSe calcula sobre un monto total que no exceda:
- 50.000 euros para edificios unifamiliares o unidades inmobiliarias ubicadas dentro de edificios multifamiliares que sean funcionalmente independientes y tengan una o más entradas independientes desde el exterior;
- 40 mil euros multiplicado por el número de unidades inmobiliarias que componen la edificación para edificaciones compuestas de dos a ocho unidades inmobiliarias;
- 30.000 euros Multiplicado por el número de unidades inmobiliarias que componen la edificación para edificaciones compuestas por más de ocho unidades inmobiliarias.
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