noviembre 15, 2024

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Impuesto único, aplazamiento del segundo anticipo a tanto alzado hasta el 16 de enero de 2024

Impuesto único, aplazamiento del segundo anticipo a tanto alzado hasta el 16 de enero de 2024

Impuesto único, se pospone el segundo pago anticipado del impuesto alternativo para tasas fijas del 30 de noviembre de 2023 al 16 de enero de 2024. Requisitos y condiciones a tener en cuenta para beneficiarse de la prórroga del pago, excluido en el caso de que se tenga un número de IVA abierto después de 2022

impuesto fijoPosibilidad Se ha pospuesto al 16 de enero de 2024. Subordinar Segundo deposito del impuesto alternativo adeudado Números de IVA el Palacio.

La innovación que proporcionaste El decreto de los predecesores.dirigido a personas físicas con un número de IVA, también se referirá a los pagosImpuesto del 15 o 5 por ciento Debido a quienes aplican Sistema de tasa fija Con base en lo establecido en el informe técnico del Decreto Legislativo N° 145/2023, resultará en aplazamiento 968,4 millones de euros en pagos.

Se han recibido aclaraciones por parte de la Agencia Tributaria sobre la aplicación de este procedimiento, que permitirá pagar un monto El primer pago también es fraccionado, de enero a mayo de 2024Se trata de ingresos o indemnizaciones que no superen los 170.000 euros.

Así, incluidos los tipos fijos, siempre que la apertura del número de IVA se haya producido durante al menos el año 2022.

Impuesto único, aplazamiento del segundo anticipo a tanto alzado hasta el 16 de enero de 2024

La posibilidad de optar por extender el segundo pago anticipado del impuesto a la renta hasta el 16 de enero de 2024 también aplica para los titulares Número de IVA fijoSi reúne todos los requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto Legislativo No. 145/2023.

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el El plazo se ha aplazado hasta el 30 de noviembre. Generalmente se aplica a personas naturales. Empresarios individuales o autónomos En un importe no superior a 170 miles de euros en concepto de ingresos o retribuciones durante el año 2022.

Se trata de una restricción que implícitamente respetan quienes aplican el sistema de tasa única, teniendo en cuenta el umbral de acceso y permanencia en el sistema de tasa única fijado en 85.000 euros.

Sin embargo, el cumplimiento del mínimo para aplazar el segundo pago inicial implica la necesidad de este – Ejerció actividades comerciales o trabajo por cuenta propia durante 2022. Este es uno de los aspectos que la Agencia Tributaria aclaró en la Circular No. 31 de fecha 9 de noviembre.

Así, el aplazamiento de los pagos deja Ya salieron nuevas actividades Por tanto, en el calendario para los números de IVA a tanto alzado abiertos en el presente año se mantiene la fecha límite del 30 de noviembre de 2023.

El impuesto único, aplazado hasta el 16 de enero de 2024 también para quienes pagan el depósito en una única solución

El acceso al diferimiento del segundo pago anticipado del impuesto a la renta vencido en noviembre también aplica para los titulares del IVA que cumplan con los requisitos exigidos para pagar el impuesto.Pago inicial en una solucióncon base en los montos que surgen del modelo de renta.

Tenga en cuenta que incluso para los titulares de IVA que aplican el impuesto único, el impuesto alternativo del 15 o 5 por ciento se paga de acuerdo con las siguientes reglas:

  • Si el importe adeudado es inferior a 51,65 €, no es necesario abonar la fianza;
  • siEl importe oscila entre 51,65 y 257,52 eurosEl depósito debe ser pagado. Una solución antes del 30 de noviembre (antes del 16 de enero de 2024);
  • Si el importe es superior a 257,52 €, el pago deberá realizarse en dos plazos, el primero en junio con el saldo del año anterior y el segundo en noviembre o enero.
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Para quienes opten por diferir su segundo o único anticipo hasta el 16 de enero de 2024, también cabe destacar la posibilidad De primera calidadLas cantidades adeudadas podrán pagarse en un máximo de cinco cuotas, con vencimiento el día dieciséis de cada mes y a más tardar el 16 de mayo, devengándose un interés del 4 por ciento anual.