julio 3, 2024

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El acuerdo corre el riesgo de ser una trampa para los profesionales

El acuerdo corre el riesgo de ser una trampa para los profesionales

Será necesario sanear los ingresos, volver a determinar las declaraciones actuales y anteriores y los comprobantes de verificación (incluidas las Isas) y los pagos anticipados: para los contadores, el período de dos años con los acreedores desde la oportunidad de asumir riesgos comerciales se convierte en riesgos. cortador profesional.

Además de evaluar la conveniencia de respetar el acuerdo con sus clientes, de hecho, los profesionales también deben abordar Riesgo de confiscación De acordar cualquier errores Obligados a aplicar un instrumento que, dada su complejidad, no es ni mucho menos remoto.

De ahí las preguntas que se deben plantear dentro de los estudios: Tarifas requeridas Para las consultas en la fase de adhesión al Convenio, ¿es suficiente teniendo en cuenta los posibles riesgos profesionales implicados?

Sin embargo, para responder a esta pregunta, debemos tener en cuenta y analizar las múltiples variables influyentes.

De hecho, como era de esperar, junto con las dificultades puramente mencionadas Cuentas para determinar ingresos y declararlos a las autoridades fiscales. Como base para la redacción de la propuesta de acuerdo y del nuevo acuerdo Mecanismo de fijación torcido de progreso En el primer año de implementación del instituto, los profesionales también deben abordar las múltiples razones de la expropiación, además de los aspectos prácticos. Regularidad de la declaración global Requerido no sólo en los años del acuerdo sino también en los años anteriores a la adhesión.

Declaraciones impecables

En el artículo 22 del Decreto-Ley n° 13/2024 (que introduce y regula el convenio preventivo cada dos años) se regulan las causas de caducidad del convenio con efectos que afectan tanto a la declaración tomada como base del convenio como a la anterior. declaración.

En el apartado 1 del artículo antes mencionado, las tres primeras letras a, b) yc) indican la fuerza del vínculo entre la adhesión a la Carta y la regularidad (casi completa) de la declaración.

A) efectivamente afirma que el Convenio deja de aplicarse para ambos períodos impositivos si ocurre lo siguiente verificación– En los períodos impositivos cubiertos por el convenio, existan pruebas que acrediten la existencia de activos no declarados o la ausencia o no deducibilidad de pasivos declarados por un importe superior al 30% de los ingresos declarados.

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Cabe precisar que la regularidad descrita anteriormente debe encontrarse no sólo en el período de dos años del “Acuerdo” sino como siempre se indica en la letra a) del comentario también en El período impositivo anterior a la incorporación..

El hecho de que los beneficios de la herramienta puedan perderse después de que se emita la liquidación sola, incluso si la ley es revocada por los jueces fiscales después de la apelación, obliga a los profesionales a considerar seriamente la cuestión de una opinión positiva sobre el uso del acuerdo para esos clientes. cuyos datos en la declaración consten de elementos generados por Evaluaciones que no están en línea con las tendencias de las agencias de ingresos.

También vale la pena señalar el hecho de que el “descuento” del 30% también se reduce para las personas de ingresos medios y bajos, y las conclusiones de la administración potencialmente lo superan fácilmente.

La letra b) en cambio, establece que las declaraciones no se modificarán si se opta por el mecanismo a utilizar, y establece que las mismas cesarán si los datos e información declarados por el contribuyente, luego de modificar o fusionar la declaración, determinan una estimación cuantitativa diferente de la Renta de la declaración o valor neto de producción comparado con el realizado En base a lo cual se aceptó la propuesta de conciliación.

En resumen, una vez que firmes el acuerdo, podrás empezar a hacer anuncios. Sólo en casos rarosDe lo contrario, el acuerdo con el recaudador de impuestos fracasará.

En cambio, la letra c) señala que es imposible cometer errores al suscribir el convenio, y establece que el convenio termina si se indican datos que no corresponden a los reportados para efectos de determinar la propuesta en la declaración.

Issa también es un habitual.

El artículo 22, apartado 2, letra b) establece en cambio que se trata de un hecho que da lugar también al decomiso Comunicación inexacta o incompleta con datos relevantes a los efectos de la aplicación de los indicadores a que se refiere el artículo 9 bis del Decreto Legislativo de 24 de abril de 2017, n. 50, transformado, con modificaciones, por Ley de 21 de junio de 2017, n. 96, en la medida en que se permite que los ingresos o el menor valor neto de la producción cubierta por el acuerdo se determinen en un monto superior al 30%.

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Pero en este caso existe la posibilidad de evitar el decomiso. organizar Conéctese con la aplicación Arrepentimiento Activo.

Calcular los ingresos del acuerdo.

Los ingresos que se enviarán a las autoridades tributarias al completar el formulario Cpb (Acuerdo Preventivo Bienal) deben estar depurados de ciertos componentes a que se refieren los artículos 15 y 16 del Decreto Legislativo 13/2024 y están sujetos a cambios recientes aprobados por el Consejo de Ministros con aprobación. Decreto correctivo Esta publicado en Boletín Oficial.

Este aspecto tampoco debe tomarse a la ligera, ya que cualquier error cometido en esta etapa podría dar lugar a la pérdida del acuerdo.

Para los efectos de los ingresos comerciales “acordados”, las normas dictan el artículo 16 antes mencionado, según el cual los ingresos relevantes se determinan con referencia al artículo 56 del Decreto Presidencial 917/1986 (Ley Consolidada del Impuesto sobre la Renta), para las pequeñas empresas al artículo 66. de la misma Ley Uniforme y para entidades del SII a lo dispuesto en la Sección I del Capítulo II del Título II del TUIR.

El ingreso específico debe calcularse como se indicó anteriormente. Sin tener en cuenta las ganancias de capital Se realizan de conformidad con los artículos 58, 86 y 87 del TUIR y los activos potenciales de conformidad con el artículo 88 del TUIR, así como las pérdidas de capital y los pasivos potenciales de conformidad con el artículo 101 del Código Unificado del Impuesto sobre la Renta antes mencionado.

También agrega un decreto correctivo en la etapa de purificación. Pérdidas crediticias Y las ganancias o pérdidas resultantes de aportaciones a sociedades anónimas “transparentes” o comprometidas al régimen a que se refiere el artículo 115 ó 116 de la Ley Unificada, o de los beneficios distribuidos en cualquier forma y bajo cualquier denominación por sociedades y entidades. a que se refiere el artículo 73, apartado 1, del TUIR.

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En cambio, el artículo 15 establece y estipula el rango de ingresos acordado para los profesionales. Datos iniciales Es el monto que se determina conforme lo dicta el artículo 54 de la Ley TUIR y luego se limpia de ganancias y pérdidas de capital, rentas o participaciones de renta relacionadas con aportes a las entidades a que se refiere el artículo 5 de la citada Ley Uniforme, y se suma al decreto correctivo, así como los honorarios percibidos con posterioridad a la transferencia de clientes o partidas no conformes relacionadas con la actividad técnica o profesional a que se refiere el apartado 1 Tercero del artículo 54 antes mencionado.

Pagos anticipados con el nuevo aumento

El decreto correctivo prevé un nuevo método para Determinar los pagos inicialesEstoy en la etapa de comprometerme por primera vez con el acuerdo y no es muy lineal gestionar los riesgos asociados al mismo en caso de que algo salga mal.

La nueva metodología establece que si se desea utilizar el método histórico, el pago inicial específico deberá calcularse en exceso del 15% (para tasas fijas 12% y 4% para startups) de la diferencia, si es positiva, entre los ingresos pactados y los rendimientos declarados del negocio o del trabajo por cuenta propia del período anterior, y se modifica de conformidad con lo dispuesto en los citados artículos 15 y 16 del Decreto Legislativo 13/2024.

Para ErapEl aumento equivale al 3 por ciento de la diferencia, si es positiva, entre el valor neto de producción pactado y anunciado para el período anterior.

Esto también representa un cálculo claramente complejo. Riesgos laborales.

Aunque en caso de error de cálculo, el contrato será confiscado sólo si la diferencia solicitada por la Agencia Tributaria no se paga con control automático según el artículo 36 bis del Decreto Presidencial No. Y la Ley N° 600 de 1973, sin perjuicio siempre de la posibilidad de resolver un descuido con sincero arrepentimiento, Sanciones por falta de pago Pueden quedarse con los profesionales.

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